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miércoles, 14 de diciembre de 2011

Los dignatarios del Temple


Desde la encomienda de Barcelona hemos seleccionado un nuevo texto del catedrático de historia, Alain Demurger, de su libro “Vie et mort de l’ordre du Temple”. Esta vez su autor profundiza en la corresponsabilidad de los cargos y estructura gubernamental de la Orden del Temple.

Desde Temple Barcelona os deseamos una agradable e interesante lectura.

Naturalmente, los hermanos, los hermanos caballeros sobre todo, monopolizan las responsabilidades dentro de la orden.

El gobierno central tiene su sede en Jerusalén. La regla y las bulas pontificias prohíben toda transferencia. Pero una vez que Jerusalén cayó en manos de los musulmanes en 1187, hubo que acomodarse. La “casa presbiterial” se trasladó a Acre. Última plaza del reino, cayó también en 1291. La dirección de la orden se replegó entonces a Chipre. Por consiguiente, la sede ha permanecido siempre en Oriente. Para un templario, ultramar está en Occidente.

Correspondiendo al abad de los monasterios benedictinos, un maestre dirige el Temple. El título es nuevo. Será adoptado por las demás órdenes militares y, más adelante, por las órdenes mendicantes. Todos los hermanos deben obedecer al maestre, “y el maestre debe obedecer a su convento” (artículo 98). En efecto, la regla insiste en la necesidad de que el maestre pida consejo, de que consulte a los hermanos, reunidos en capítulo, antes de decidir. El maestre no goza de omnipotencia con respecto a su orden, cosa que no extraña en el siglo XII. De una parte, porque también en este aspecto hay una calara influencia cisterciense (el papel de consejero del capítulo es más importante que en Cluny). De otra parte, porque la organización del Temple está calcada de la organización feudal, que impone al vasallo el deber de aconsejar y al señor el deber de pedir consejo. Se trata de un lugar común y sería difícil que el Temple escapase a él. “En todas las cosas, el maestre actuará según el consejo del convento; debe pedir su opinión a la comunidad de los hermanos, y tomará la decisión sobre la cual la mayoría de los hermanos y él se pongan de acuerdo” (artículo 96). Otros artículos (36, 82, 87) confirman estas disposiciones. En general, el absolutismo no es una concepción medieval.

El consejo de los hermanos constituye, pues, un primer freno para la autoridad del maestre. El consejo de ciertos hermanos, ya que la regla establece matizaciones sutiles. Por ejemplo, el maestre está autorizado a prestar dinero, en interés del Temple, desde luego. Si la cantidad es inferior a mil besantes, necesita sólo el acuerdo de algunos de los hombres buenos de la casa. Si quiere prestar más, tendrá que obtener la aprobación de un número mayor de hermanos. Nombra a los dignatarios de las provincias de la orden, con el acuerdo del capítulo si se trata de las provincias más importantes. En cambio, decide solo en lo que se refiere a los “bailíos” de las circunscripciones secundarias. En resumen, con el capítulo, con algunos consejeros y a veces solo, el maestre interviene en todos los engranajes que permiten que la orden funcione: estado de los castillos, control de las relaciones con Occidente, material, caballos, dinero, traslado a Oriente de las tropas de refresco… Y para permitirle tomar, a pesar de todo, decisiones rápidas, pero que necesitan consejo, el maestre va siempre acompañado por dos caballeros como mínimo. Consejo, sí, pero también control.

Los poderes de iniciativa del maestre chocan también con otro freno: el poder de los demás dignatarios del Temple. En los estatutos jerárquicos de los años 1160-1170, los complementos del maestre van seguidos de disposiciones semejantes para el senescal, el mariscal, etcétera.

Segundo dignatario de la orden, el senescal reemplaza al maestre en todas las cuestiones en caso de ausencia de éste. Pero queda eclipsado por el mariscal, que, en todo tiempo, vela por la disciplina del convento, supervisa a los encargados de cuidar a los animales, el material y las armas, realiza las compras indispensables. Su papel es especialmente importante durante las campañas militares, ya que “todos los hermanos sargentos y toda la gente de armas se hallan a las órdenes del mariscal cuando están bajo las armas” (artículo 103). Jefe del estado mayor, expone su vida en el combate, puesto que, cuando se inicia la carga de la caballería pesada, él ocupa la “punta” (una imagen muy expresiva).

El comendador de la tierra (o el reino) de Jerusalén asume las funciones de tesorero de la orden. “Todos los haberes de la casa, de cualquier parte que procedan, más acá del mar o más allá del mar, deben ser entregados y dados en su mano” (artículo 111). Desde luego, no debe hacer nada con ellos mientras el maestre no los haya visto, pero, una vez cumplida esta formalidad, le incumbe la responsabilidad de su utilización. Se hace cargo del botín recogido en el curso de una campaña, a excepción de los animales y las armas, que corresponden al mariscal. Asegura las relaciones de Jerusalén con las casas templarias de Occidente, por mediación del comendador de la bóveda de Acre, que vigila todo el tráfico de la orden en el puerto. Como otra tarea importante, distribuye a los templarios entre las diferentes casas y fortalezas de la orden, en función de su capacidad de alojamiento y de las necesidades militares. Tienen directamente bajo su mando al peñero, intendente de la orden, que proporciona a los hermanos ropa y material de campaña (ropa de cama, tiendas, etc.)

Mencionemos también al comendador de la ciudad de Jerusalén, responsable de la misión tradicional de protección a los peregrinos. Hablaré de él en el capítulo dedicado a esta actividad. Y hay que añadir algunas dignidades reservadas a los hermanos sargentos, como la de submariscal, que dirige el trabajo de los hermanos de oficio de la mariscalía, muy numerosos, la de gonfalonero, de comendador de la bóveda de Acre y, sobre todo, de “turcoplier”, que dirige la caballería ligera de los turcoples o turcópolos, combatientes de reclutamiento exclusivamente local y que luchan al estilo turco, es decir a caballo y armados con un arco.

Tales dignatarios no pueden actuar en sus servicios sin el consentimiento del maestre. Éste tiene sobre todos la ventaja de ser omnicompetente. La voluntad, la personalidad del maestre ejercen un gran peso, tanto en el buen como en el mal sentido. El 1 de mayo de 1187, la batalla llamada de la Fuente del Berro se entabló en condiciones deplorables, dada la inferioridad numérica de los cristianos. La decisión se debió al maestre del Temple, Gerardo de Rideford, que no tuvo en cuenta la opinión desfavorable del maestre del Hospital, que se hallaba presente, ni la de Jacquelin de Mailly, a quien se ha tomado mucho tiempo por el mariscal del Temple, pero que era un simple caballero.

Al lado de este consejo informal de hombres prudentes, encargados de dar su opinión en el mismo momento, en cualquier situación, había el capítulo, los capítulos mejor dicho, institución regular de la orden: capítulo semanal de las encomiendas locales, capítulo anual de las provincias, capítulo general que reunía cada cinco años, en Tierra Santa, a los dignatarios de Siria-Palestina y de Occidente. Una máquina pesada y compleja… Por ejemplo, no cabía pensar siquiera en reunir un capítulo general para elegir al maestre. La situación de guerra casi permanente no permitía la espera. Sólo los templarios de Tierra Santa participaban en esta elección, al menos una ínfima minoría de ellos, designados por un procedimiento que, dejando aparte el sorteo, podía compararse al que se empleaba para elegir al dux de Venecia.

Una vez conocido el fallecimiento del maestre, y si las condiciones lo permitían, el mariscal convoca a los dignatarios de la orden. La convocatoria se dirige a todos los hermanos, ya sean de Oriente o de Occidente, pero los occidentales sólo participaban si se encuentran ya en Oriente. En primer lugar, se designa un gran comendador, que dispone la reunión del capítulo. Éste nombra a un comendador de la elección, el cual elige a su vez un compañero. “Y estos dos hermanos deben elegir a otros dos hermanos, y serán cuatro. Y esos cuatro deben elegir a otros dos hermanos, y serán cuatro. Y esos cuatro deben elegir a otros dos hermanos, y serán seis” Y así hasta doce…

“[…] En honor de los doce apóstoles. Y los doce hermanos elegirán al hermano capellán para ocupar el lugar de Jesucristo, el cual ha de esforzarse mucho por mantener a los hermanos en paz, en amor y en armonía; y serán trece hermanos. Y entre esos trece, debe haber ocho hermanos caballeros, cuatro sargentos y el hermano capellán. Y esos trece hermanos electores deben ser […] de naciones distintas y de países distintos, para mantener la paz de la casa (artículo 211).”

Los trece electores designan al nuevo maestre y le proclaman elegido ante el capítulo. En general, posee una larga experiencia de la orden. Ha ejercido funciones importantes tanto en Occidente como en Oriente. Los “hombres nuevos”, como Trémelay y Ridefort, son raros; raros también los hombres procedentes de la nobleza de Tierra Santa, como Felipe de Naplusia.

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